El capítulo VII de la Ley Nº 26.727 sobre el Régimen del Trabajo Agrario (B.O. 28/12/2011) se relaciona con la “Seguridad y riesgos en el trabajo”. El art. 45 de dicha ley, recepta tres elementos: el cuidado de la salud, los deberes del empleador y los deberes del trabajador. Para comprender las dimensiones del capítulo, se debe tener en cuenta la Ley Nacional sobre Higiene y Seguridad 19.587/1971 (B.O. 28/04/1972) y el convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), no ratificado por el país, pero que funciona como módulo operativo
